Apreciados compañeros:
El día 13-10-2014 recibimos en nuestra dirección de mail de Secretaría el siguiente correo de SEGITTUR (Sociedad Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, S.A. MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO):
“Buenas tardes. Me pongo en contacto con ustedes porque me gustaría me recomendaran algún fotógrafo especializado en actividades deportivas en la naturaleza (senderismo, turismo ecuestre, multiaventura, observación de flora y fauna, cicloturismo, etc.). Se trata de comprar material para la web de promoción turística de España. Si nos facilitaran algún nombre contactaríamos con ellos para dar detalles del trabajo a realizar. Muchas gracias de antemano por su interés. A la espera de sus noticias. Un cordial saludo.”
Sin más datos que este correo y con el fin de proporcionar a los asociados la oportunidad de decidir si se interesaban o no en esta petición y no perjudicarles, dado también que hay un considerable número de profesionales, decidimos ponerlo en vuestro conocimiento para que cada uno obre en conciencia.
Sin embargo, algunos compañeros nos informan de que hay cláusulas manifiestamente abusivas, que el precio es muy bajo con respecto a la exclusividad y condiciones que piden, que se reservan el derecho de poder venderlas a terceros y que no tienen obligación de mencionar a los autores.
Entres estos compañeros hay destacados profesionales y abogados que destacan que alguna de estas condiciones son poco éticas con respecto a lo contemplado en la Ley de Propiedad Intelectual.
Un compañero profesional ha resumido de forma clara en qué se basan estas condiciones:
– Desean adquirir un máximo de 60 imágenes para cuya selección van a participar, supongo, gran número de fotógrafos. O sea que a lo sumo serán unas pocas fotos por cabeza. El precio máximo por unidad es de 80 € + IVA. Este precio no estaría mal si se tratara de el habitual “alquiler” o cesión de derechos de reproducción para un solo uso. Pero veamos algunas de las condiciones que siguen:
– Se requiere para la mayoría de ellas que aparezcan personas realizando actividades, por lo que incluye los derechos de los modelos.
– Estas fotografías no ilustrarán tan solo la web oficial de Turismo de España, sino también “otros portales o proyectos gestionados por SEGITTUR.” (Es decir, son múltiples usos).
– “Las imágenes no podrán estar en ningún banco de imágenes” (Osea, que limitan su posible difusión al autor).
– “SEGITTUR se adjudica la propiedad y los derechos sobre las imágenes facilitadas”. (La propiedad intelectual SIEMPRE pertenece a su autor por el simple hecho de haberla creado, según la Ley de Propiedad Intelectual):
– “SEGITTUR deviene, por tanto, en PROPIETARIA de los derechos de propiedad intelectual y de explotación en CUALQUIER MEDIO, soporte y/o modalidad de explotación, incluso los desconocidos o inexistentes en la actualidad, PARA TODO EL MUNDO y por un PERIODO DE TIEMPO ILIMITADO, y con FACULTAD DE CESIÓN A TERCEROS… (Es decir, pueden venderlas o comerciar y lucrarse con ellas).
– SEGITTUR NO ESTÁ OBLIGADO A MENCIONAR EN LOS CRÉDITOS (Pues sí que están obligados, eso lo obliga la Ley de Propiedad Intelectual).
Desde AEFONA consideramos que se trata de cláusulas abusivas y emitiremos comunicado a las asociaciones de fotografía de naturaleza con las que mantenemos estrecho contacto, así como a la Federación Internacional IFWP y, por supuesto, a los propios impulsores desde la Secretaría de Estado.
Creemos que no debemos limitar las oportunidades de los asociados para publicar sus imágenes en diversas iniciativas turísticas, medioambientales o de conservación, pero no nos podemos responsabilizar de unas condiciones que no solemos conocer, por lo que sí avisamos de la necesidad de evaluar bien las condiciones antes de tomar decisiones.